viernes, 14 de mayo de 2010

Análisis del proyecto de ley de blanqueo salarial

COMISIÓN PERMANENTE DE JUBILADOS NACIONALES Y PROVINCIALES - CÓRDOBA

Este documento tiene por objetivo alertar a la ciudadanía, legisladores y compañeros trabajadores activos y pasivos para que reflexionemos acerca de los anuncios engañosos sobre la "Ley de blanqueo salarial de sumas no remunerativas" difundidos por el Gobierno provincial.

¿Cómo llegamos a esta situación?

En el proceso de armonización de la Ley 8024 con la Ley Nacional 24241, que persigue el objetivo final de colocar a los jubilados cordobeses en la misma situación de indigencia de los jubilados nacionales, Schiaretti y su histórico cómplice José Pihen han dado un nuevo paso.

Para lograr esto han contado con la connivencia de gran parte de los medios de difusión orales, escritos y televisivos.

Así, Laura González, periodista de La Voz del Interior, abonó el camino al recorte y la estafa, con, sus análisis fatalistas y distorsionados acerca del déficit de la Caja, generando en la población animosidad contra la clase pasiva provincial, y tratando de privilegiados a los trabajadores cuyo único pecado fue aportar por más de 30 años entre el 18% y el 22% de sus ingresos.

Ante la permanente campaña instalada acerca del déficit de nuestra Caja de Jubilaciones, hacemos nuestras las palabras escritas por el Dr. Pablo Agüero Piñero en la nota de La Voz del Interior del 27/04/2010: "el Estado provincial es quien tiene la carga de garantizar el régimen de seguridad social y sistema previsional que asegure las jubilaciones y pensiones móviles, irreductibles, y proporcionales a la remuneración del trabajador activo, tal como lo establecen los artículos 55 y 57 de la Constitución Provincial y el art. 5° de la Ley 8024".

¿Por qué el Gobierno de Juan Schiaretti planteó una ley de blanqueo salarial de sumas no remunerativas, si sólo hacía falta cumplir con la ley vigente?

La Ley de Contrato de Trabajo prohibe los pagos no remunerativos, y los artículos 8 de la ley 8024 y 6 de la Ley 24241 establecen claramente que las sumas no remunerativas se deben tener en cuenta para el cálculo del haber jubilatorio.

En realidad, la ley es una excusa para adoptar el criterio del Tribunal superior de Justicia de la Provincia en los fallos 'Bossio' y 'Abacca', donde se establece el cálculo de la jubilación como el 82% del salario líquido del trabajador activo. O sea, será el 82% del 82%, es decir el 67,24%, lo que cobrará el jubilado.

Así, se reflota nuevamente el Decreto 1777/95 con el que Ramón Mestre disminuyó las jubilaciones y que la Corte Suprema declarara inconstitucional en el fallo “Iglesias”.

Esto que afirmamos se ratifica en las declaraciones de Giordano en la reunión conjunta de las comisiones de Economía y Trabajo de la Unicameral del 4/5/2010, donde dijo: "necesitamos una ley para impedir que la Corte Suprema declare inconstitucional la medida, como pasó con el decreto 1777/95". Afirmó también Giordano que la incorporación de las sumas no remunerativas producirá un beneficio para la Caja de 80 millones de pesos anuales por mayores aportes y contribuciones", lo que demuestra que los últimos 7 años se produjo un perjuicio a la institución de, por lo menos, 600 millones de pesos que explican en gran medida el déficit que utiliza el gobierno para justificar las reformas previsionales en Córdoba.

Reafirmamos que los culpables del déficit son el Gobierno y los funcionarios que tienen responsabilidad solidaria por el mal manejo de los dineros de la Caja (art. 8 in fine de la Ley 8024). ).

Si se reconoce la necesidad del blanqueo, se reconoce también el delito que se ha cometido al evadir el pago de aportes y contribuciones. Son evasores y merecer, el reproche de la Ley penal por la autoría y complicidad en una actividad delictiva.

De más está decir que acordamos con el blanqueo, una bandera de lucha que hemos levantado durante todos estos años. Pero exigimos que tales montos blanqueados sean incorporados al salario básico del activo y que el jubilado cobre el 82% del salario bruto.

Adhieren: AGEPJ - AJUPRACOR - APSE (Asociación personal superior de EPEC) - Asociación de magistrados y funcionarios del Poder Judicial –Asociación de Jubilados Organizados de Río Tercero - Asociación de Jubilados de la Policía y el Servicio Penitenciario - ATE–CTA - SUOEM (comisión de jubilados) - Centro de Jubilados, Pensionados y Comisión Gremial del Banco de Córdoba - Centro de Jubilados y Pensionados Nacionales Luz y Esperanza - Centro de Jubilados y Pensionados de EPEC - Centro de jubilados Municipales Río Cuarto - Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba - Jubilados de Luz y Fuerza - Federación de Centros de Jubilados y Pensionados Nacionales Independientes - Jubilados de la Caja de Jubilaciones - Jubilados Nacionales - Jubilados de Villa María - Multisectorial de Mujeres Córdoba–Unión de trabajadores de la salud

Sede ATE: Entre Ríos 450, teléfonos (0351) 425-7926/423-2748

informacion@atecordoba.org.ar

Nota en la Voz del Interior sobre la marcha del 06-50-10

Marcha del 06 de Mayo contra la modalidad del blanqueo












viernes, 30 de abril de 2010

MARCHA 6 DE MAYO 10,30 hs.



EL SAQUEO CONTINÚA PERO EL AMOR ES MÁS FUERTE.

AJUPRACOR como integrante de la Comisión Permanente de Jubilados Nacionales y Provinciales de Córdoba convoca a marchar a la legislatura en repudio de las nuevas maniobras confiscatorias y en defensa de la Ley 8024.

Concentramos en Colón y Rivera Indarte a las 10,30 hs. el 6 de mayo de 2010.

martes, 20 de abril de 2010

LA MARCHA CONTRA LA JUDIALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL

INFORMAMOS que la Comisión Provisoria de Jubilados Provinciales y Nacionales, de la que AJUPRACOR forma parte, produjo un documento titulado "Carta Abierta" dirigida a trabajadores, jubilados y especialmente a las Conducciones Gremiales Estatales, en la misma se alerta sobre la propuesta del documento de los gremios en el que se expresa el rechazo a nuevas reformas pero en el que se advierte errores y olvidos respecto a las reformas anteriores, especialmente la Ley 9504 que generó en el año 2008 importantes jornadas de lucha en rechazo a su sanción y que implica una importante pérdida de derechos adquiridos a los jubilados y de las condiciones en que se jubilarán los trabajadores.

INVITAMOS a todos a:

LA MARCHA CONTRA LA JUDIALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL

Convocamos el día miércoles 21 a las 10:30 hs en Monumento a Malvinas(Cañada y Duarte Quirós).
Acompañaremos a los gremios en defensa de los 18 compañeros que se pretende llevar a juicio, imputados por resistir la reforma de la Ley 8024 impuesta por el gobierno a través, precisamente de la Ley 9504.

PARTICIPEMOS PARA QUE SU LUCHA NO SEA EN VANO Y EN LA DEFENSA INCLAUDICABLE DE LA LEY 8024

Consideraciones sobre el Congreso Previsional realizado el 9 de abril en UEPC, en la ciudad de Córdoba

CARTA ABIERTA

Consideraciones sobre el Congreso Previsional realizado el 9 de abril en UEPC, en la ciudad de Córdoba.

A los compañeros trabajadores estatales activos y pasivos y a las conducciones sindicales participantes del Congreso:

En el marco de la unidad que debemos lograr para la defensa de los derechos de los trabajadores en materia previsional queremos alertar sobre algunos errores y olvidos en el documento presentado en el Congreso del viernes 9 en UEPC.

Allí se menciona, acertadamente antes de la síntesis, …”SE ELEVA A JUICIO LA CAUSA EN LA QUE 18 COMPAÑEROS ESTAN IMPUTADOS POR RESISTIR LA ÚLTIMA REFORMA AL SISTEMA PREVISIONAL, IMPUESTA POR EL GOBIERNO”.

Esto es efectivamente así y es nuestro deber recordarles que lo que se reformó en esa oportunidad fue la Ley nº 8024, considerada por todos los sectores implicados en la temática previsional como una de la mas avanzadas de América Latina.

Es por eso, como lo expresamos en el Congreso, que consideramos un error plantear “No a la NUEVA reforma previsional”, dado que la reforma ya realizada, plasmada en la Ley de Emergencia nº 9504, trajo como consecuencia la pérdida de importantes beneficios para los trabajadores.

Por ello los trabajadores resistieron duramente en la calle, se pronunciaron en el Congreso de la CGT del 26/9/08 y se reunieron más de 45.000 firmas, solicitando su derogación.

Es por eso que consideramos equivocada la posición del compañero Pihen, vertida como respuesta a nuestras objeciones realizadas en el Congreso, en el sentido de abandonar la defensa de la ley 8024 “porque consagra privilegios”.

Nos duele particularmente esta expresión porque repite un concepto esgrimido por el propio Gobernador Schiaretti para justificar la reforma.

Si debemos reconocer privilegiasen la Ley 8024, lo haremos con el objetivo de eliminarlos y perfeccionar nuestro sistema previsional, pero nos parece importante señalarlos derechos adquiridos que la misma brindaba a los trabajadores estatales y que se perdieron. A saber:

- La edad jubilatoria para el régimen general de 55 y 58 años para mujeres y varones, se elevó a 60 y 65 años respectivamente. La reforma agregó 5 y 7años para ambos.

- El cálculo del haber jubilatorio que se hacía sobre el último salario del trabajador en actividad, como establecía la 8024, pasó a ser el promedio de los últimos 48 meses.

- La movilidad, en lugar de ser automática con el salario del activo como referencia, se comenzó a hacer con un índice sectorial que elimina esa referencia fundamental del 82% móvil sobre la remuneración bruta y habitual del trabajador activo.

- Las sumas no remunerativas, que se incluían en el haber jubilatorio, según art. 8 de la ley 8024, pasaron a ser una excepción a esa regla, autorizando al Poder Ejecutivo a seguir aumentando salarios con sumas en negro.

- El financiamiento de la Caja de Jubilaciones debía ser atendido con todos los recursos del Estado, en caso de producirse déficit (art. 5, ley 8024), financiamiento que correspondía a los jubilados y pensionados de todos los regímenes, incluido el policial que tanto problema presenta en la actualidad.

- Se perdieron los beneficios de la jubilación Ordinaria Reducida y la Pensión por indigencia.

- La garantía de irreductibilidad consagrada en las Constituciones Nacional y Provincial se eliminó con la ley 9504, dando lugar a los recortes en las jubilaciones mayores o menores de $5.000 (hoy $ 6.000) sin establecer límites, compensadas con Títulos de Cancelación Previsional (casi virtual) a 8años de plazo y con el irrisorio interés del 0,5 % ¡!!. Esta disposición es claramente inconstitucional.

- Se eliminó la posibilidad de compensar el faltante de edad con exceso de servicio contemplado en el art.21 de la ley 8024.

- Se eliminó el Fondo Complementario como garantía del 82% pasando a ser considerado después de la reforma un recurso financiero general de la Caja de Jubilaciones.

- Se Modificó la bonificación por servicios excedentes del 1 % por año de exceso, elevándolo a un año y medio este derecho y limitándolo a no mas del 88% del salario del trabajador en actividad

Además debemos agregar el daño en materia Jurídica al suspender los plazos de ejecución de sentencia, actos administrativos, acuerdos o laudos que obliguen al pago de deudas por parte de la Caja, y la posibilidad de no acatar los fallos judiciales.

CREEMOS FIRMEMENTE QUE LA DEFENSA INTEGRAL DE LA LEY 8024 SIGNIFICA, ANTE TODO, UNA OBLIGACIÓN PARA CON NUESTROS COMPAÑEROS, QUE ADEMÁS FUERON IMPUTADOS POR EJERCER LA DEFENSA DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES CONCULCADOS, TAL COMO LO PREVÉ EL ART. 17 DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL…”RESISTIENDO MEDIDAS QUE ATENTAN CONTRA EL ORDEN CONSTITUCIONAL”.

Nos ponemos a vuestra disposición, con todos nuestros asesores en la materia, a los fines de delinear correctamente el objetivo de nuestra lucha que debe confluir en la unidad, ya que la defensa de los derechos previsionales tiene carácter inclaudicable.

COMISION PROVISORIA DE JUBILADOS PROVINCIALES Y NACIONALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AJUPRACOR – APSE (Asociac.Personal Sup. EPEC) – Asociación de Magistrados y Funcionarios Poder Judicial – Asociación Jub.Organizados de Río III – Asociación Jub. De la Policía y Serv. Penitenciario – ATE-CTA – SUOEM Comisión Jub. – Centro de Jub. Y Pens. Comisión gremial del Banco de Córdoba - Centro de Jub. Y Pens. Nacionales Luz Y Esperanza – CENTRO DE Jub. Y Pens. EPEC – Colegio de Psicólogos Pcia. De Córdoba – Jubilados de Luz Y Fuerza –Federación de Centros de Jub. Y Pens. Nacionales Independientes –AGEPJ –Jub. De la Caja de Jubilaciones – Jubilados Nacionales – Jubilados de Villa María – Multisectorial de Mujeres Córdoba

REUNIÓN DE JUBILADOS EN RIO CUARTO. NUESTRA PARTICIPACION

De lo actuado por los integrantes de AJUPRACOR, en Río Cuarto, el viernes 10 de abril/10, Ramirez, Arévalo, Grassi, Brusaferri, Albanesi.

1. Invitados como miembros de la Comisión Provisoria de Jubilados Provinciales y Nacionales, van acompañados por M. Berrotarán, Sra. Jubilada Nacional y Sra. Magistrada jub.

La Institución convocante es el Centro de Jubilados y Pensionados Municipales de R° 4°.

La cita es frente al Consejo Deliberante local.

2. Antes del ingreso E. Ramirez formula declaraciones a los medios de comunicación: Ej. El diario "El Puntal"; Canal de TV local. de las cuales informará personalmente. Ingresado un conjunto importante de interesados, -acompañamos con cartel de nuestra Asociación.

3. La audiencia concedida permite al Presidente y al Secretario del Centro convocante, desde Banca del Ciudadano presentar la propuesta de regulación de las deudas que, la Caja de Jubilaciones de la Provincia de Cba., tiene pendientes, en los siguientes términos:

3.1 Devolución de los Descuentos practicados a los afiliados desde Mayo/09, SIN SENTIDO, aduciendo problemas de informática, que se continúan efectuando.

3.2. Pago del retroactivo por recategorización desde Mayo/07por Ord. N° 1376/07.

Pago del retroactivo y diferencia del adelanto que se adeuda desde Julio/08 por Ord. N°1699/08.

3.3. Eliminación del inciso" E".ag regado al Art.9 de la Ley 8024, mediante la ley 9504, eliminando PAGO NO REMUNERATIVOS, SIN APORTES.

3.4. En una fundamentada y emotiva exposición platean la inteligente metodología que se han dado para trabajar con los bloques políticos y las autoridades legislativas hasta lograr uno de sus objetivos, agradeciendo a los asistentes de Cba.,el apoyo de AJUPRACOR y de la Comisión Prov. de Jub. Nac. y Prov,

Las Consignas son:

BASTA DE PAGOS EN NEGRO. INCLUSIÓN. DIGNIDAD.JUSTICIA.

OBRA_SOLIDARIDAD.

En la misma sesión el Consejo deliberante sanciona con unanimidad la Ord. Que cumplimenta lo reclamado.

4. A la salida se efectúan nuevas declaraciones, y luego de una marcha por las calles céntricas se ingresa a la Municipalidad local.

Al reclamársele declaraciones el Sr. Intendente responde por su Secretario de Gobierno prometiendo ocuparse del tema, lo que genera desconfianza en lo presentes y la decisión de seguimiento y vigilancia para el cumplimiento de lo sancionado.

5. En amable reunión cumplida en la sede del Centro de Jubilados, se expresan anhelos, intereses, experiencias de los presentes, quedando muy valorada la presencia, declaraciones y compromiso, así como continuidad en articulaciones junto a las Organizaciones de Cba.

Viola Albanesi